11/03/2026

De la Revisión Administrativa a la Justicia Tributaria: Un cambio necesario

En el marco del ordenamiento jurídico tributario, el legislador ha previsto diversos mecanismos de revisión de los actos administrativos, donde en virtud a Ley el contribuyente puede reclamar y solicitar revisión de una determinación o estimación realizada por la administración tributaria. Es interesante, ya que siempre escuchamos sobre los principios procesales que se refieren al conjunto de normas, postulados o principios jurídicos que ocurren en nuestro ordenamiento jurídico tributario y que regulan los procesos tributarios.

En sedes administrativas, dichos actos son dictados, revisados y decididos por empleados de la administración y por tanto carecen de independencia e imparcialidad que es lo que requiere un verdadero procedimiento de ecuanimidad y un buen instrumento de justicia. Estas revisiones solo se reducen a simples revisiones administrativas, lo que deja a los ciudadanos, a los administrado o contribuyente como queramos llamarle en una posición de vulnerabilidad.

El discurso contemporáneo sobre reformas, de la importancia de las recaudaciones para el estado que es la base que sostiene la educación, la salud, la infraestructura y, en definitiva, el bienestar colectivo. Si bien es indiscutible que el deber de contribuir es la columna vertebral del sostenimiento de las cargas públicas, y ciertamente apoyamos el deber de cada ciudadano de tributar, de pagar impuestos, de contribuir al desarrollo de nuestro país, pero no menos ciertos es que esto no puede ser un cheque en blanco para el Estado, estas modificaciones no solo deben mirar el cuanto “dinero” sino que garanticen en los procedimientos , litigios,  acuerdo, justicia , proporcionalidad, igualdad y equidad  sin influencia de la parte interesada, otorgando protección a nuestros derechos, que los impuestos no sean mecanismos de quiebras, de inestabilidad económica, de prestamista usureros, de carga confiscatoria. La recaudación debe de ser justa, proporcional y respetuosa de los derechos del contribuyente siendo un instrumento de justicia social, ofreciendo alternativas viables para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones sin afectar su continuidad operativa.

Superar este modelo de discrecionalidad administrativa, sustituyéndolo por procedimientos claros, objetivos, adaptados a la verdadera capacidad económica de las personas o empresas. Hacia un sistema fiscal equilibrado, operativo y transparente.

“En conclusión un sistema de justicia tributaria no puede sostenerse sobre una ley que otorga autonomía funcional a un organismo en el ordenamiento jurídico tributario, traspasando su poder a cada funcionario de turnos convirtiéndolos juntos al órgano en juez y parte del proceso. Estamos frente a un sistema de justicia con un poder absoluto y sin contrapesos; la verdadera equidad que esta plasmada en nuestra constitución exige independencia, transparencia y respeto irrestricto a los derechos de las personas, NO UN PODER SIN EQUIDAD.”

MR.